lunes, 10 de abril de 2017

NORMA: Circular Externa No. 100-003-2015 sobre los permisos sindicales durante la contratación colectiva




Circular Externa No. 100-003-2015 sobre los permisos sindicales durante la contratación colectiva



Entidades del Estado deben garantizar permisos sindicales durante la negociación colectiva
El Gobierno Nacional hace un llamado a las entidades del orden nacional y territorial como gobernaciones, alcaldías, superintendencias, entidades adscritas y vinculadas para que garanticen el éxito de la negociación colectiva en el sector público, permitan la presencia de los representantes de las organizaciones sindicales.


Para ello, Función Pública y Ministerio del Trabajo expiden la circular 100-003-2015 sobre permisos sindicales para participar en la negociación colectiva.


La circular señala que las entidades públicas deben atender oportunamente las solicitudes de los servidores públicos sobre permisos sindicales, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 160 de 2014, que establece que durante el término de la negociación colectiva los empleados públicos gozan de las garantías de fuero sindical y permiso sindicales.

Analisis: El fuero sindical o los permisos sindical, es un mecanismo que garantiza el que los empleados pueda tener proteccion laboral, en caso de accidentes, y permisos para la reuniones en la presencia de los representantes de los miembros, por lo que se debe garantizar la repuesta de la solicitud de forma diligen, para que se garantice los derecho constitucionales de negociacion.

Lo importante es que sea usado para este fin, y no para activiades diferente a estos.

LINK: www.mintrabajo.gov.co/component/docman/doc.../3093-circular-100-003-2015.html

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